La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), urgió al Estado de Nicaragua dejar sin efecto “toda normativa que limite el ejercicio de los derechos políticos y las libertades públicas” en el país, restablecer un ambiente de libertades y respeto a los derechos políticos que permitan elecciones libres, transparentes, justas y observadas.
Para esto pide la CIDH al régimen que tomen en cuenta las recomendaciones de la comunidad internacional y la Misión de Observación Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA), en 2017 y las resoluciones del Consejo Permanente y de la Asamblea General de la Organización de los Estado Americanos.
La CIDH expresa preocupación por la aprobación de la reforma electoral en Nicaragua que mantiene e intensifica el cierre de los espacios democráticos en el país e intensifica la grave crisis de derechos humanos en el país y afecta seriamente la legitimidad del proceso electoral a celebrarse este año.
En esto toma en cuenta la CIDH que persiste un contexto generalizado de grave impedimento al ejercicio de las libertades públicas, “por medio de un dispositivo sistemático, civil y policial, desplegado en todo el territorio nacional, con el fin de impedir incluso el movimiento de cualquier líder o lideresa que pudiera articular o difundir públicamente ideas contrarias a las oficiales, a través de la vigilancia, intimidación, agresiones, detenciones y, eventualmente, criminalización de éstas”.
“La referida norma limita la participación mediante el incremento de causales de suspensión y cancelación de la personalidad jurídica de partidos políticos y a través de la incorporación de hipótesis de cancelación con las cuáles la narrativa oficial ha criminalizado arbitraria e ilegalmente a personas identificadas como opositoras en el contexto de la crisis de derechos humanos que afecta al país”, indica la CIDH en su comunicado de prensa.
A esto agrega la CIDH las leyes represivas como la de Agentes Extranjeros, Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz, “que impediría o dificultaría gravemente la inscripción de candidaturas de personas identificadas como opositoras al Gobierno”.
“Se observa que la aplicación conjunta de esta normativa excluye de la competencia electoral a personas que reciban cooperación internacional o que hayan recibido acusaciones estatales infundadas y arbitrarias como represalia al ejercicio de la protesta o promoción de narrativas contrarias la oficialista”, indica la CIDH que añade que el contenido mismo de las reformas aprobadas, sumado a la falta de independencia de los poderes del Estado y particularmente de los órganos electorales y de administración de justicia, “indican su muy previsible uso para restringir la competencia electoral a actoras y actores políticos identificados de oposición”.