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Coalición Nacional introduce sus consideraciones a iniciativa de reforma de Ley Electoral ante Comisión especial del Parlamento

La Coalición Nacional a través del diputado de YATAMA, Brooklin Rivera, expuso la tarde de este jueves ante la Comisión Especial de carácter Constitucional para Aspectos Electorales de la Asamblea Nacional, las consideraciones, análisis y objeciones consensuadas por parte de la Coalición Nacional  sobre la iniciativa de Reforma a la Ley Electoral presentada por diputados oficialistas.

En total fueron 18 puntos argumentados en contra de la iniciativa de reformas de la Ley Electoral y 19 puntos que plantean deben ser incorporados en la iniciativa y que según Rivera, son los puntos indispensables requeridos para que en Nicaragua sean celebrado  el 7 de noviembre un proceso electoral democrático, imparcial, competitivo, transparente, libre y observado y permita una solución a la actual crisis política.  

La propuesta  entregada por Rivera a la comisión de la Asamblea Nacional, destaca que en los términos planteados por la iniciativa de reforma no cumple con las expectativas de la población nicaragüense que demanda modificaciones sustanciales del sistema electoral y el sistema de partidos “que ha colapsado y generado altos índices de abstención en los últimos procesos electorales, de tal forma que es necesario que la ciudadanía recupere la confianza en la administración electoral”.

Es por ello, que refirió “rechazamos y dejamos por sentado nuestro desacuerdo con las modificaciones que se pretenden incorporar a la Ley Electoral por medio de la iniciativa presentada”, que evidencia la falta de voluntad para realizar reformas electorales significativas y coherentes con las normas internacionales y “suponen ventajas ostensibles en la administración y control partidario del proceso electoral, en establecer restricciones legales para limitar la participación a los partidos y candidatos de la oposición, situando al partido de gobierno en una clara ventaja para el desarrollo de su campaña electoral”.

El posicionamiento de la Coalición Nacional presentado por Rivera recoge una serie de argumentos por los cuales objetan la iniciativa, entre los que destaca que violenta la Constitución Política al establecer nuevas inhibiciones para los candidatos de la oposición que deseen postularse para optar a cargos de elección popular y no cumple con la Sentencia del 23 de junio de 2005, dela Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso Yatama versus Estado de Nicaragua, en la cual “mandata a reconocer los derechos de los pueblos indígenas y afro descendientes de la Costa Caribe de Nicaragua”.

Igualmente señala, pretende desconocer el mandato constitucional expreso de elegir magistrados electorales en consulta con las organizaciones civiles pertinentes,  de lo contrario “desembocaría en la elección de un nuevo Consejo Supremo Electoral con características similares al actual”, mantiene el sistema electoral de control bipartidista excluyente en los organismos electorales que no garantiza la transparencia e imparcialidad del escrutinio, por el contrario favorece la concentración y manipulación de los resultados.

También menciona la eliminación del concepto de observador electoral y se sustituye por uno más limitado como el de acompañantes,  mantiene el padrón activo y pasivo para limitar el ejercicio del sufragio de los ciudadanos,  faculta  a la Policía y no al Consejo Supremo Electoral (CSE), la autorización de manifestaciones partidarias durante la campaña electoral, “convirtiendo al presidente de la República, como Jefe Supremo de la Policía Nacional, en juez y parte de este proceso electoral”, amplía inconstitucionalmente la impugnabilidad de las resoluciones del CSE al extender la facultad del máximo órgano electoral de resolver sobre derechos, deberes y prerrogativas constitucionales de los ciudadanos y candidatos en materia electoral.

Además, restringe el derecho a la verificación ciudadana masiva que es fundamental para depurar el Padrón Electoral , no establece mecanismos para realizar una efectiva cedulación masiva en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Identidad Ciudadana que ordene la apertura de las oficinas municipales de cedulación, legaliza la figura del Coordinador de Centro de Votación nombrándolo sin tener ningún criterio técnico-jurídico para su designación y asignación de competencias.

Amplía los márgenes de discrecionalidad del CSE, al otorgarle la facultad expresa de aprobar y mandatar la totalidad de las normativas, reglamentos y manuales que se utilizarán en los procesos electorales, faculta a los Consejos Electorales Municipales corregir de oficio la suma aritmética de los votos de las actas de escrutinio de las Juntas Receptoras de Voto (JRV) de su circunscripción, dotándoseles de la atribución de cambiar los resultados oficiosamente sin razón fáctica, técnica ni jurídica lo cual legaliza el fraude electoral.

También apunta que la iniciativa elimina todo tipo de posibilidad de que los partidos políticos y alianzas electorales tengan acceso a financiamiento electoral proveniente del extranjero, obliga a los miembros de la JRV a firmar todas las actas eliminando la facultad de abstenerse a firmar razonando su voto so pena de cometer delito electoral, elimina la facultad del CSE de demandar a los organismos correspondientes condiciones de seguridad para los partidos políticos y alianzas electorales participantes en el proceso electoral y a los ciudadanos en el ejercicio del voto.

E institucionaliza un régimen represivo contra la oposición política al incorporar en la legislación electoral leyes que violan la Constitución Política y derechos fundamentales de los nicaragüenses como la Ley de Regulación de Agentes extranjero y Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo, a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz.

Planteamientos de la Coalición

Por tanto, la Coalición planteó que en la iniciativa sea eliminada las inhibiciones incorporadas por medio de las leyes represivas  sea  reincorporada la observación electoral nacional e internacional irrestricta conforme los estándares internacionales establecidos, auditoría y depuración de un Padrón Electoral único que sea del conocimiento público.

 A su vez, exponen incorporar un proceso de cedulación con las reformas que sean necesarias, que  los miembros de los Consejos Electorales Regionales, Departamentales, Municipales y las JRV sean nombrados por medio de un mecanismo de selección aleatoria del padrón electoral respectivo utilizando para tal efecto un software elaborado por empresa u organismo nacional o internacional experto en la materia, que sea eliminado de la iniciativa la atribución de los Consejos Electorales Municipales de revisar y modificar de oficio la suma aritmética de las actas de escrutinio provenientes de las JRV.

Además, que las boletas electorales por cada tipo de elección no utilizadas en el proceso de votación, sean anuladas y colocadas en sobre cerrado y separado del resto del material electoral, fiscalización total y efectiva que garantice la acreditación y participación irrestricta de fiscales de los partidos políticos y alianzas electorales en todas las etapas e instancias del proceso.

Igualmente que sea eliminada la figura del Coordinador de Centro de Votación porque su incorporación no tiene ningún sustento técnico ni jurídico, la publicación en tiempo real en la web de CSE el 100 % de las actas de cada JRV asignadas a cada Centro de Votación, así como la publicación de las actas sumatorias municipales, departamentales y regionales, tan pronto sean transmitidas al Centro Nacional de Cómputos, a su vez, sea establecido recursos legales con procedimientos claros y establecimiento de plazos que rigen cada proceso en contra de actuaciones y resoluciones de los órganos electorales que son impugnables, reducción de la discrecionalidad del CSE mediante la publicación de las normativas y/o reglamento únicos que regulan cada etapa del proceso electoral, garantizar la separación de boletas electorales para cada cargo de elección, con el nombre de las y los candidatos.

Igualmente debe de incorporarse en las boletas electorales y actas de JRV un código de seguridad numérico acordado por los miembros de cada JRV al momento de su constitución, que sea garantizado el derecho de las y los exiliados en el marco de la crisis iniciada en abril del 2018, para ejercer su derecho a ser candidatos para cargos de elección popular, sea establecida la autonomía de las Alianzas Electorales de tal forma que los partidos políticos que integren estas alianzas electorales serán quienes decidan nombre, siglas, bandera, emblema, representación legal, solicitud de una casilla independiente.

También planteó la Coalición que sea reestablecido el derecho de verificación ciudadana en la Ley Electoral que permita una eficaz depuración del Padrón Electoral y garantice el derecho al voto de los ciudadanos en la circunscripción correspondiente, plantea que sean agregadas tres atribuciones del CSE, entre ellas  el nombramiento del Fiscal Electoral al Fiscal General de la Nación y del Procurador Especial Electoral, al Procurador General de la Republica.  

A su vez, que sea establecido  un sistema de estadísticas electorales y que  a más tardar seis meses después de los comicios correspondientes sea publicada la Memoria Electoral, sea eliminada las disposiciones contenidas en la iniciativa de ley, relativas al financiamiento electoral por cuanto no abonan a una competencia electoral equitativa entre los partidos y alianzas electorales concursantes y que sea eliminada la incorporación de la Policía Nacional como sujeto autorizante de los actos de proselitismo político.

Es de destacar que más de 40 organizaciones sociales y políticas lograron suscribir un documento a través del cual rechazan  la iniciativa de reforma a la Ley Electoral y exigen la implementación de reformas acordes con las planteadas por la Asamblea General de la OEA en su Resolución del 21 de octubre de 2020.

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