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CENIDH denuncia que el régimen pretende instalar terrorismo de Estado con espionaje cibernético

Fotografía: Manuel Esquivel

El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), denuncia que el régimen pretende instaurar terrorismo de Estado en las comunicaciones a través del acuerdo 004-2020, de reciente ampliación de control del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), con el que continuará violentando el derecho a la intimidad, privacidad, seguridad y libertad de expresión.

El mismo establece que los nombramientos de gerentes de empresas prestadoras de servicio comunicación deberán tener el visto bueno de TELCOR. O sea las empresas pierden la autonomía y su derecho a nombrar sus propios empleados.

“Prácticamente si el gobierno garantiza un espía fiel que hará posible la acechanza sobre los usuarios, sobre sus correos, redes sociales, y todo tipo de comunicación esto para el régimen es vital porque así podrá identificar a quienes debe eliminar·, denuncia el CENIDH.

El CENIDH explica que con este acuerdo el régimen obliga a los proveedores del servicio a facilitar en lo material y técnico, la intervención de comunicaciones tal y como lo ordena el artículo 65, de la Ley 735 de prevención, investigación y persecución del crimen organizado.

Por tanto, considera que “esta vigilancia cibernética repercutirá en la criminalización de los considerados enemigos políticos, el gobierno va a determinar si una persona, organización, empresa o medio de comunicación etc, a través de sus comunicaciones está cometiendo actos ‘subversivos’”.

“El CENIDH denuncia la instauración de este nuevo sistema de represión, es espionaje cibernético, es la instalación del terrorismo de Estado en la comunicación”, dice a través de un comunicado, mediante el cual exhorta al régimen cumplir con el mandato en la Constitución Política en su Artículo 26, inciso 4, que indica: “toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo”.

También la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 12 refiere: “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

El mismo establece que las empresas para nombrar a sus gerentes de distintas áreas, tienen que enviar la propuesta y son los órganos encargados de espionaje gubernamental quienes van a decidir si esta persona se contrata o no. O sea la empresa prestadora de servicios de comunicación pierde la autonomía y su derecho a nombrar sus propios empleados.

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